Nuestra consultoría de materiales en contacto con alimentos revisa la seguridad de tus envases (migración y declaración de conformidad conforme al Reglamento (CE) 1935/2004) y te prepara para el nuevo PPWR (Reglamento (UE) 2025/40), aplicable desde el 12 de agosto de 2026. Sin declaraciones incompletas, sin envases fuera de norma, sin sustos en auditoría.
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Los retos de la empresa que envasa alimentos
El envase que toca el alimento está doblemente regulado. Por un lado, no puede ceder sustancias por encima de los límites de migración: lo exigen el Reglamento (CE) 1935/2004, las buenas prácticas de fabricación del (CE) 2023/2006 y, para plásticos, el (UE) 10/2011, y debe acreditarse con una declaración de conformidad. Por otro, el nuevo PPWR (Reglamento (UE) 2025/40) añade exigencias de reciclabilidad, contenido reciclado y restricción de PFAS que condicionan el acceso al mercado.
Muchas empresas tienen declaraciones de conformidad incompletas o heredadas del proveedor sin verificar, y llegan al PPWR sin saber qué envases se ven afectados ni con qué plazos. El resultado son no conformidades en auditoría, exigencias de clientes que no se pueden documentar y decisiones de envase tomadas tarde, cuando rediseñar ya cuesta caro.
Verificamos que el material en contacto cumple el Reglamento (CE) 1935/2004, las buenas prácticas de fabricación del (CE) 2023/2006 y, para plásticos, el (UE) 10/2011, revisando los límites de migración global y específica con la documentación de soporte.
Elaboramos o revisamos la declaración de conformidad por material, junto con la documentación técnica que la respalda, para que resista una auditoría IFS/BRC o un control oficial.
Analizamos qué obligaciones del Reglamento (UE) 2025/40 aplican a tus envases —reciclabilidad, contenido reciclado, restricción de PFAS y etiquetado armonizado— y en qué plazos, con una hoja de ruta para llegar a tiempo.
Resolvemos las dudas por material y mercado y ordenamos la documentación que conecta proveedor, envase y producto, para que todo el expediente sea coherente y defendible.
Fase 1 · Diagnóstico inicial
Inventario de envases y materiales, revisión de las declaraciones de conformidad existentes y de la documentación del proveedor, e identificación de las brechas frente al Reglamento (CE) 1935/2004, el (UE) 10/2011 y el PPWR.
Fase 2 · Conformidad y documentación
Elaboración o corrección de las declaraciones de conformidad, verificación de los límites de migración con la documentación de soporte y preparación del expediente técnico por material.
Fase 3 · Preparación PPWR y defensa
Hoja de ruta de las obligaciones del PPWR aplicables (reciclabilidad, contenido reciclado, PFAS, etiquetado armonizado) con sus plazos, y apoyo ante auditoría o control oficial.
Unimos los dos mundos que suelen ir por separado: la seguridad alimentaria del envase (migración, declaración de conformidad) y el nuevo marco de envases (PPWR). No lo abordamos ni solo desde el laboratorio ni solo desde lo ambiental, sino desde la seguridad del alimento, que es donde ambos se cruzan.
- Seguridad del material en contacto y PPWR en un mismo servicio
- Enfoque de seguridad alimentaria, no solo de gestión de residuos
- Declaraciones de conformidad defendibles ante auditoría IFS/BRC
- Asesoramiento por material y por envase, no una plantilla genérica
Es cualquier material u objeto destinado a entrar en contacto con el alimento (envases, films, bandejas, tapas, recubrimientos…). El marco general es el Reglamento (CE) 1935/2004, las buenas prácticas de fabricación las fija el (CE) 2023/2006 y, para los plásticos, se aplica el (UE) 10/2011 con sus límites de migración.
Es el documento que acredita que un material cumple la normativa aplicable. La necesita cualquier empresa de la cadena (fabricante de envase, transformador, envasador de alimentos), y la exigen tanto los clientes como las auditorías IFS/BRC. Debe elaborarse por material y apoyarse en documentación técnica.
Es el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases, aplicable desde el 12 de agosto de 2026, que sustituye a la Directiva 94/62/CE. Al ser un reglamento, se aplica de forma directa en toda la UE y afecta a cualquier empresa que ponga envases en el mercado.
Introduce exigencias de reciclabilidad (clasificación por rendimiento), porcentajes mínimos de contenido reciclado, reducción de peso y volumen, un etiquetado armonizado y, en su artículo 5, límites a sustancias peligrosas y a los PFAS en envases en contacto con alimentos. Varios requisitos se escalonan hacia 2030 y 2040.
Nuestro servicio es de consultoría: revisamos y verificamos la conformidad con la documentación técnica del material. El ensayo analítico de migración lo realiza un laboratorio acreditado, y nosotros lo integramos y validamos en la declaración de conformidad.
La parte de residuos de envases (alta en el SCRAP, declaración de envases, RAP) es un ámbito ambiental. Te orientamos sobre las obligaciones que te aplican y, si lo necesitas, coordinamos con un especialista. *(Redacción provisional: ajustar según lo que la escuela vaya a ofrecer realmente.)
Analizamos tus materiales en contacto y tu exposición al PPWR sin compromiso, y te indicamos qué necesitas para cumplir.